Muchas personas confunden el renting con el leasing, pero en realidad existen profundas diferencias entre ambas formas de disponer del vehículo de tus sueños sin que seas el propietario del mismo.
Diferencias entre renting y leasing
Los dos términos mencionados hacen referencia a dos alternativas distintas para utilizar un vehículo que te permiten comprarlo una vez haya finalizado el contrato de alquiler. La cuestión entonces es ¿qué fórmula es más beneficiosa para ti?
En primer lugar, tienes que prestar atención al objeto del contrato. En el caso del renting es un arrendamiento operativo o un alquiler a largo plazo. Esto quiere decir que la empresa te suministra un vehículo y tú, como usuario, has de pagar una cantidad como contraprestación, pero el vehículo sigue siendo propiedad de la empresa.
En el caso del leasing, estás ante un contrato de arrendamiento financiero regulado por la legislación de forma específica, que debe ser formalizado por una entidad de crédito y en el que se transfieren los beneficios y los riesgos derivados de la propiedad. Además, se incluye, de forma obligatoria, un derecho de compra. La firma de este contrato suele estar concebida para la adquisición final del vehículo, aunque el usuario puede declinar la ejecución de este derecho. Una parte suministrará el vehículo y la otra pagará una cuota mensual que corresponderá al precio de amortización nominal, es decir, el impuesto indirecto y el coste de financiación que pudiera corresponder.
¿Cuál es la duración de este tipo de contratos?
Los contratos de leasing deben tener una duración mínima de un par de años durante los cuales no puede procederse a la cancelación. Una vez transcurrido este período, es posible revisar las condiciones, si así se ha previsto, y proceder a la revocación anticipada.
En cambio, el renting es más flexible. Sus contratos tienen una duración entre 1 y 5 años y no existe ningún tipo de limitación legal al respecto. Si un usuario desea cancelar un renting fijo de forma anticipada, puede hacerlo si abona la compensación reflejada en el contrato inicial. En los renting flexibles no es necesario pagar ningún tipo de cantidad en el momento de la devolución.
¿Quién puede contratar un renting o un leasing?
El renting lo puede contratar cualquier persona física o jurídica, incluyendo a cualquier particular. Sin embargo, en el caso de un leasing, la regulación prevé que el vehículo esté sujeto a una actividad profesional o empresarial del usuario del vehículo. Por tanto, el leasing solo lo pueden contratar autónomos o empresas.
¿Qué se incluye en el precio de las cuotas mensuales en ambos casos?
El renting es una contraprestación por un servicio de alquiler, por tanto, aquí se presenta una cuota fija durante todo el contrato, aunque existe una excepción que sucede cuando es necesario realizar un ajuste en la cobertura a consecuencia de un parte de accidentes. Esto quiere decir que el servicio de renting incluye todos los gastos de adquisición, matriculación, neumáticos, impuestos, ITV o mantenimiento del vehículo tanto por reparaciones como por revisiones previstas por el propio fabricante. Dicho de otro modo, con un renting te olvidas de cualquier preocupación relacionada con tener en propiedad un vehículo.
Por otro lado, el leasing, en su cuota mensual, incluye los impuestos, la financiación y la amortización del coste del vehículo. Aquí, el usuario está obligado a cubrir los costes necesarios para el mantenimiento del vehículo.
¿Existen diferencias significativas a nivel fiscal o contable?
En ambos casos, tanto autónomos como empresas pueden obtener beneficios fiscales. Vamos a verlos:
• Renting
Las cuotas del renting desde un punto de vista contable están consideradas como un gasto, por lo tanto se consignan en la cuenta de pérdidas y ganancias. El vehículo no forma parte del activo del balance ni las cuotas pendientes afectan al pasivo, es decir, no se incrementa el nivel de endeudamiento.
Por otro lado, en materia fiscal, el 100 % de la cuota se puede desgravar en el IRPF o en el impuesto de sociedades. Asimismo, la parte correspondiente al IVA puede ser objeto de deducción en la declaración del impuesto de forma proporcional al uso que realices del vehículo para tu actividad económica.
Te puedes deducir mínimo el 50 % del IVA soportado. Para que el porcentaje sea del 100 % es necesario que pruebes que el vehículo se destina totalmente a la actividad económica.
• Leasing
En este caso también te puedes desgravar las cuotas en el IRPF o en el impuesto de sociedades. Como la opción de compra se suele hacer efectiva al finalizar el contrato, esta se contabiliza del mismo modo que otra compraventa. Dicho de otro modo, en el pasivo se consigna la deuda a corto y largo plazo y en el activo se recoge el valor del bien en cuestión.
La cuota puede experimentar ciertos cambios debido al ajuste de intereses que queden por pagar debido a la financiación del vehículo.
Pros y contras del renting
Para muchos particulares, esta alternativa es la mejor posibilidad de contar con un vehículo, pero ¿es la más rentable? Lo que hasta ahora tenemos claro es que es la mejor opción para disponer un vehículo sin las ataduras propias que conlleva uno en propiedad. Una de las mayores ventajas es que esta modalidad no exige un desembolso inicial para poder disfrutarlo, ya que todos los gastos del mismo están incluidos en las cuotas mensuales de la duración del contrato.
Otra de sus ventajas es la comodidad, que, sin duda, es la más importante de todas. Dicha comodidad parte de que la cuota mensual que se abona cubre prácticamente la totalidad de los servicios necesarios para el mantenimiento del vehículo como, por ejemplo, ITV, gestión y pago de impuestos, reclamación de multas, servicio de asistencia en carretera, vehículo de sustitución, seguro a todo riesgo, revisiones periódicas en talleres oficiales, cambio de neumáticos y cobertura de averías. Aunque no en todos los renting se incluyen todas estas coberturas, así que para no llevarte ningún susto es necesario leer detenidamente las condiciones del contrato.
Los profesionales autónomos disponen, además, de una ventaja adicional, ya que se pueden deducir hasta el 100 % del coste del renting en el IRPF o en el impuesto de sociedades. El único requisito para ello es demostrar que el coche es un gasto necesario de su actividad profesional. Esto mismo sucede con el IVA. Sin embargo, si eres un particular no tendrás acceso a este tipo de deducciones.
Muchas empresas de renting te dan la posibilidad de quedarte el vehículo a la finalización del contrato, pero si decides tomar esa decisión, has de saber que eso te saldría más caro que si lo hubieras comprado al contado o a plazos.
En cuanto a los inconvenientes, hay que destacar que el contrato que se firma de forma inicial lleva aparejado un compromiso, por lo que si necesitas rescindirlo antes de tiempo, debes saber que normalmente la penalización es similar a la mitad de las cuotas que queden por abonar.
Uno de los inconvenientes más importantes es la limitación de kilómetros que también se establece por contrato. Esta cantidad suele ser de entre 15 000 y 20 000 kilómetros anuales. No obstante, es algo que puedes modificar en el contrato, lo que supondrá un cambio en la cuota mensual. Si superas los kilómetros marcados en el contrato, tendrás que abonar una penalización.
Pros y contras del leasing
Una vez que hemos visto cuáles son las diferencias sustanciales entre el renting y el leasing, nos vamos a centrar en este último. Como cualquier otro producto financiero, tiene una serie de ventajas e inconvenientes para aquel que lo contrata. No obstante, hay que destacar que sus usuarios son principalmente pymes.
En primer lugar, debes saber que cuando finalice el período de alquiler del vehículo se te abrirán tres opciones:
– Comprarlo por su valor residual.
– Devolverlo.
– Prorrogar el contrato de arrendamiento, lo que supondrá una reducción en la cuota del alquiler.
Podemos resumir las ventajas de esta modalidad en varios puntos muy diferenciados:
1. Puedes financiar el 100 % del coste de la inversión.
2. Estas operaciones no se computan como riesgo comercial financiero porque no has comprado el bien.
3. Puedes obtener ventajas fiscales importantes, ya que puedes deducirlo como gasto, tal y como hemos apuntado un poco más arriba.
4. Supone una gran rapidez y flexibilidad para renovar una flota de vehículos.
En cuanto a los inconvenientes, has de conocer las siguientes situaciones:
– Es un mayor coste financiero de la deuda si lo comparas con un crédito bancario normal.
– Solo puedes ser propietario del vehículo una vez finalice el contrato.
– No se incluyen servicios adicionales como en el renting. Es decir, los seguros, reparaciones y mantenimiento correrán por tu cuenta, lo que supone un coste adicional frente a la otra modalidad de alquiler a largo plazo.
– Si cancelas el contrato, tendrás que abonar una penalización.
¿Renting o leasing?
Podemos decir que ambas opciones son dos caras de una misma moneda. La diferencia fundamental es que el leasing incluye una opción final de compra. Pero el renting incluye una serie de servicios adicionales muy interesantes.
Como puedes comprobar, aunque parecen dos productos muy similares en realidad tienen diferencias significativas que hay que valorar. Por ello, si necesitas aclarar cualquier duda u obtener más información, ponte en contacto con nosotros.